Discriminación por Género

Nadie debe ser encasillado para un empleo o profesión debido a su género. La discriminación por género implica segregar a alguien (un aplicante o un empleado) por su género. La ley prohíbe la discriminación en todos los aspectos del empleo: contratación, despidos, cesantías, capacitación, asignaciones laborales, beneficios adicionales y cualquier otro término o condición laboral.

Una práctica o política laboral aplicada a todos, indistinto de su género, puede ser ilegal si tiene un impacto negativo en el empleo de personas de determinado género, si no se relaciona con el trabajo o no es necesario para la operación del negocio.

El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación laboral basada en el sexo por parte de un empleador, el gobierno local o estatal, o una institución educativa con 15 o más empleados.

Si considera que ha sufrido discriminación por su género, puede presentar cargos por discriminación en el empleo de manera individual o en un grupo (“demanda colectiva”) ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de los Estados Unidos (EEOC).

Los cargos deben ser presentados en un formulario de la EEOC dentro de los 180 días de ocurrido el acto de discriminación que se alega.

Si usted es representado por un sindicato, contacte a su delegado, quien lo ayudará a presentar la demanda. Los empleados federales deben presentar sus cargos por discriminación en su propia agencia. Dentro de los 45 días de ocurrido el acto discriminatorio deben contactar a un consejero de EEO.